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DISCUSIÓN EN ASAMBLEA

INFORME DE LAS PRINCIPALES POLÍTICAS Y CRITERIOS CONTABLES Y DE INFORMACIÓN SEGUIDOS EN LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA PARA EL EJERCICIO 2023.

A la Asamblea de Accionistas de Grupo Herdez, S. A. B. de C. V., en la Ciudad de México, 17 de abril de 2024.

De conformidad con lo que establece el artículo 28, Fracción IV inciso d) de la Ley del Mercado de Valores, a nombre del Consejo de Administración, me permito rendir a ustedes un informe sobre las principales políticas y criterios contables y de información seguidos en la preparación de la información financiera para el ejercicio 2023.

Bases de Presentación: los Estados Financieros Consolidados han sido elaborados y cumplen con las Normas Internacionales de Información Financiera.

Bases de Consolidación: se incluyen todas las subsidiarias en las que Grupo Herdez, S.A.B. de C.V. tiene interés mayoritario o control efectivo. En caso de no tener indicios de la existencia de control en las entidades la inversión en esas asociadas se reconoce a través del método de participación.

Uso de Estimaciones: los Estados Financieros requieren que la administración realice estimaciones y provisiones que afectan las cifras de activos y pasivos.

Bases de Preparación: los Estados Financieros Consolidados han sido preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y con las interpretaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (INIIF) respectivas, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés).

Las normas e interpretaciones nuevas y modificadas que se han publicado, pero que aún no han entrado en vigor, hasta la fecha de emisión de los estados financieros de la Sociedad, la Sociedad tiene la intención de adoptar estas normas e interpretaciones nuevas y normas e interpretaciones nuevas y modificadas, si son aplicables, cuando entren en vigor como se indica a continuación:

  • Definición de las estimaciones contables - Modificaciones de la NIC 8

En febrero de 2021, el IASB emitió modificaciones a la NIC 8, en las que introduce una definición de "estimaciones contables". Las modificaciones aclaran la distinción entre cambios en las estimaciones contables y cambios en políticas contables y la corrección de errores. Además, aclaran cómo las entidades utilizan las técnicas de medición y los datos para desarrollar las estimaciones contables.

Las modificaciones fueron efectivas para los periodos de información anual que comenzaron a partir del 1 de enero de 2023 y se aplican a los cambios en las políticas y a las estimaciones contables que se produjeron a partir del inicio de ese período.

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De acuerdo con el análisis efectuado por la administración, la Sociedad no presentó impactos en los estados financieros consolidados.

  • Revelación de políticas contables - Modificaciones a la NIC 1 y a la Declaración de Prácticas de las NIIF 2

En febrero de 2021, el IASB emitió modificaciones a la NIC 1 y a la Declaración de Prácticas de la NIIF 2 materialidad, en las que proporciona orientación y ejemplos para ayudar a las entidades a aplicar juicios de materialidad a la información sobre políticas contables. Las modificaciones tienen por objeto ayudar a las entidades a proporcionar información sobre políticas contables que sean más útiles, sustituyendo el requisito de que las entidades revelen sus políticas contables "significativas" por el requisito de revelar sus políticas contables "materiales" y añadiendo orientaciones sobre cómo las entidades aplican el concepto de "materialidad" al tomar decisiones sobre la revelación de políticas contables.

Las modificaciones de la NIC 1 fueron efectivas para los ejercicios de información anual que comenzaron a partir del 1 de enero de 2023, permitiéndose su aplicación anticipada.

Las modificaciones no tuvieron un impacto en las revelaciones de políticas contables de la Sociedad, ni en la medición, reconocimiento o la presentación de alguna partida de los estados financieros de la Sociedad.

  • Impuestos diferidos relacionados con Activos y Pasivos que surgen de una transacción única Modificaciones a la NIC 12

En mayo de 2021, el IASB emitió modificaciones a la NIC 12, que restringen el alcance de la excepción de reconocimiento inicial según la NIC 12, para que ya no se aplique a transacciones que den lugar a diferencias temporales e iguales entre gravables y deducibles.

Las modificaciones deben aplicarse a las transacciones que se produzcan en o después del comienzo del primer periodo comparativo presentado. Además, al comienzo del primer periodo comparativo presentado, también debe reconocerse un activo por impuestos diferidos (siempre que se disponga de una ganancia gravable suficiente) y un pasivo por impuestos diferidos por todas las diferencias temporales deducibles y gravables asociadas con los arrendamientos y las obligaciones de desmantelamiento.

Las modificaciones fueron efectivas para los periodos de información anual que comenzaron a partir del 1 de enero de 2023.

De acuerdo con el análisis efectuado por la administración, la Sociedad no presentó impactos en los estados financieros consolidados.

Normas emitidas, pero aún no efectivas

  • Mejoras a la NIC 1: Clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes

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En enero de 2020, el IASB emitió modificaciones a los párrafos 69 a 76 de la NIC 1 para especificar los requisitos para clasificar los pasivos como corrientes o no corrientes. Las modificaciones aclaran:

  • ¿Qué se entiende por derecho a diferir la liquidación?
  • Ese derecho a diferir debe existir al final del período sobre el que se informa
  • Esa clasificación no se ve afectada por la probabilidad de que una entidad ejerza su derecho de diferimiento.
  • Un derivado implícito en un pasivo convertible es en sí mismo un instrumento de patrimonio, las condiciones de un pasivo no afectan a su clasificación.

Las modificaciones son efectivas para los periodos de información anual que comiencen a partir del 1 de enero de 2023 y deben aplicarse de forma retrospectiva.

La Sociedad está evaluando actualmente el impacto de las modificaciones y si los acuerdos de préstamo existentes pueden requerir renegociación.

  • Pasivo por arrendamiento en una transacción de venta con arrendamiento posterior - Modificaciones a la NIIF 16

En septiembre de 2022, el IASB emitió modificaciones a la NIIF 16 en donde especifica los requisitos que utiliza un arrendatario-vendedor al medir el pasivo por arrendamiento que surge en una transacción de venta con arrendamiento posterior, para garantizar que el arrendatario-vendedor no reconozca ningún monto de la ganancia o pérdida que se relacione con el derecho de uso que retiene.

La modificación tiene por objeto mejorar los requisitos para las transacciones de venta con arrendamiento posterior en la NIIF 16. No cambia la contabilización de los arrendamientos no relacionados con las transacciones de venta con arrendamiento posterior. La modificación se aplica de forma retroactiva a los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024. Se permite su aplicación anticipada.

La Sociedad está evaluando actualmente el impacto de las modificaciones sobre políticas contables de la Sociedad.

  • Acuerdos de financiación de proveedores - Modificaciones a las NIC 7 y NIIF 7

En mayo de 2023, el IASB publicó modificaciones a la NIC 7 y a la NIIF 7 para aclarar las características de los acuerdos de financiación de proveedores y exigir información adicional sobre dichos acuerdos. Los requisitos de información a revelar de las modificaciones tienen por objeto ayudar a los usuarios de los estados financieros a comprender los efectos de los acuerdos de financiación con proveedores sobre los pasivos, los flujos de efectivo y la exposición al riesgo de liquidez de una entidad.

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Las modificaciones son efectivas para los periodos de información anual que comiencen a partir del 1 de enero de 2024. Se permite su aplicación anticipada.

La Sociedad está evaluando actualmente el impacto de las modificaciones en los estados financieros consolidados.

  • Normas internacionales de Sostenibilidad y Clima - NIIF S1 y NIIF S2

En junio de 2023, el ISSB de la Fundación IFRS emitió sus normas inaugurales, las NIIF S1 y NIIF S2, las normas crean un lenguaje común para revelar el efecto de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en las perspectivas de una empresa.

NIIF S1, Requisitos Generales para la Revelación de Información Financiera relacionada con la Sostenibilidad: La NIIF S1 requiere revelar información sobre todos los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad que razonablemente se podría esperar que afecten los flujos de efectivo de la entidad, su acceso a financiamiento o el costo de capital a corto, mediano o largo plazo. Esta norma establece cómo una entidad debe preparar e informar dichas revelaciones y los requisitos generales para su contenido y presentación, de modo que la información revelada sea útil para los usuarios en la toma de decisiones relacionadas con el suministro de recursos a la entidad.

NIIF S2, Revelaciones relacionadas con el Clima: La NIIF S2 requiere que una entidad revele información sobre los riesgos, físicos y de transición, así como las oportunidades, relacionados con el clima que podría esperarse razonablemente que afecten los flujos de efectivo de la entidad, su acceso a financiamiento o el costo de capital a corto, mediano o largo plazo.

Las NIIF S1 y NIIF S2 tienen vigencia para los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024 y se permite su aplicación anticipada siempre que ambas normas se apliquen en forma conjunta; no obstante, cada país debe pronunciarse para establecer la fecha en que dichas NIIF serán obligatorias en su jurisdicción.

La Sociedad está evaluando actualmente el impacto de las modificaciones sobre políticas contables en los estados financieros consolidados de la Sociedad.

Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración que pudieran requerir con relación a la presente.

Claudia Lorena Luna Hernández.

Secretario no miembro del Consejo de Administración de Grupo Herdez, S. A. B. de C.

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Grupo Herdez SAB de CV published this content on 03 April 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 03 April 2024 18:49:03 UTC.