El Consejo de Administración de M K Land anunció que M K Land Holdings Berhad había suscrito el 3 de octubre de 2023 un Memorando de Entendimiento con MajuPerak Holdings Berhad con el objetivo de crear una relación de trabajo mutuamente beneficiosa para explorar e identificar las cuestiones comerciales implicadas, incluyendo pero no limitándose a la evaluación del riesgo, la viabilidad y sostenibilidad del proyecto, cuestiones técnicas, tanto directa como indirectamente relacionadas con el desarrollo de una granja solar flotante en Perak. Los términos más destacados del MOU: MHB o sus filiales tienen la intención de explorar el potencial comercial de la creación de una granja solar flotante en un área seleccionada del lago o zona acuática situada en el estado de Perak. M K Land o sus filiales poseen los conocimientos técnicos y la experiencia en el desarrollo, explotación y mantenimiento de huertas solares y están dispuestos a colaborar con MHB o sus filiales durante el periodo inicial de exploración.

Cada una de las Partes será responsable de sus propios costes y gastos durante las conversaciones en relación con el MdE, y todas las conversaciones se llevarán a cabo de buena fe en beneficio mutuo de ambas Partes implicadas. Cualquier acción tomada en base al entendimiento expresado en el MOU será por cuenta y riesgo de las Partes. Para evitar dudas, la participación del MHB en el MdE no garantiza la ejecución del proyecto.

Las Partes reconocen que la ejecución del proyecto está sujeta a diversos aspectos comerciales, a la evaluación del riesgo, a la viabilidad y sostenibilidad del proyecto, a consideraciones técnicas y a la obtención de las aprobaciones pertinentes de las autoridades gubernamentales del Estado de Perak y, en su caso, a nivel federal. El Memorando de Entendimiento tendrá una duración de doce (12) meses a partir de la fecha del Memorando de Entendimiento y, en caso de que cualquiera de las Partes notifique por escrito lo contrario, se considerará prorrogado por otros seis (6) meses a partir de la fecha de expiración. Cualquiera de las Partes podrá optar por retirarse del MdE dentro del período de vigencia o de la prórroga, según proceda, mediante notificación por escrito a la otra Parte con tres (3) meses de antelación.

El MdE no pretende, ni se considerará o interpretará que crea una relación exclusiva entre las Partes. Las Partes entienden que el MdE no se interpretará en el sentido de limitar o restringir el uso por cualquiera de las Partes de su propia información o datos para llevar a cabo o realizar discusiones, negociaciones y/o celebrar otros acuerdos comerciales o de inversión con cualquier tercero(s). Ninguna de las Partes está obligada a obtener la aprobación verbal o escrita de cualquier otra Parte para llevar a cabo las mencionadas discusiones o negociaciones con cualquier tercero(s).