El Consejo de Administración de ManagePay Systems Berhad anunció que el 28 de diciembre de 2022, la empresa firmó un memorando de entendimiento no vinculante jurídicamente con Eddid Financial Holdings Limited con el fin de cooperar para lanzar y comercializar una aplicación móvil de negociación de valores basada en Internet de Eddid en Malasia, con la asistencia y cooperación de MPay, y seguir colaborando entre sí en Malasia. La intención del MOU es establecer formalmente la asociación en Malasia para la versión internacional de Eddid ONE, una aplicación de negociación de valores desarrollada por Eddid que se lanzará y comercializará en Malasia con la colaboración técnica, normativa, de cumplimiento y de marketing con MPay. El objetivo del Memorando de Entendimiento es capacitar a Eddid ONE International para embarcar digitalmente a los inversores utilizando la IA y el aprendizaje automático profundo impulsado por la solución eKYC de MPay que está aprobada por las autoridades locales; cruzar Eddid ONE International a través de las aplicaciones MPay Fintech como el canal para los usuarios de Malasia o los usuarios internacionales con pasaportes válidos o documento de identidad expedido por las autoridades de los respectivos países para obtener cuentas de comercio Eddid ONE International con la(s) filial(es) autorizada(s) por la SFC y/o su(s) filial(es) de Eddid Financial Holding Limited (sujeto a la aprobación de la entidad autorizada); y prestar servicios de remesas para que los clientes canalicen fondos hacia y/o desde Eddid ONE International a través de la aplicación de remesas transfronterizas HomeRemit de MPay, de conformidad con los requisitos del Banco Negara de Malasia.

La Empresa y el Cooperador procederán a nuevas negociaciones para la celebración del acuerdo formal y vinculante con respecto a la Posible Corporación en un plazo de 360 días a partir de la fecha del MOU (o en una fecha posterior que puedan acordar las partes). El Memorando de Entendimiento finalizará en la fecha más temprana entre (i) la fecha del Acuerdo Formal y (ii) el día en que se cumplan 2 años desde la fecha del Memorando de Entendimiento (o la fecha posterior que puedan acordar las partes), salvo ciertas disposiciones subsistentes. El MOU no creará obligaciones legales y vinculantes para las partes, salvo las disposiciones relativas a la confidencialidad y a la ley aplicable.

La firma del MOU permitirá a la Compañía tener la oportunidad de explotar el mercado de valores y futuros de ultramar, mejorando así el rendimiento general del negocio de la Compañía. Si el Acuerdo Formal se materializa, la Posible Cooperación puede constituir una transacción notificable de la Compañía bajo las AMLR. La Empresa realizará más anuncios de conformidad con todos los requisitos aplicables de las AMLR según y cuando proceda.

No se espera que el MOU tenga ningún efecto material sobre los beneficios por acción, los activos netos por acción y el apalancamiento de la Sociedad para el ejercicio financiero que finaliza el 31 de diciembre de 2023, así como sobre el capital social emitido y desembolsado y las participaciones sustanciales de los accionistas. Los factores de riesgo implicados en este Memorando de Entendimiento en esta coyuntura son mínimos y en el caso de que MPay celebre un acuerdo definitivo, la dirección de la Empresa actuará con la debida cautela al considerar los riesgos y beneficios asociados. La Junta Directiva de MPay, habiendo tomado en consideración todos los aspectos del MOU, opina que el MOU es en el mejor interés de la Compañía.

El MOU no está sujeto a la aprobación de los accionistas de MPay y de las autoridades gubernamentales pertinentes.