Seacon Shipping Group Holdings Limited anunció que el 25 de abril de 2023, el Comprador, una filial indirecta de propiedad absoluta de la Compañía, y el Vendedor celebraron dos Contratos de Construcción Naval, en virtud de los cuales el Vendedor acordó construir dos Buques para el Comprador por una contraprestación agregada de 63.387.500 USD. Dado que los Contratos de Construcción Naval se celebraron con el mismo Vendedor, la adquisición de los Buques en virtud de los Contratos de Construcción Naval se agregará de conformidad con la Norma 14.22 de las Normas de Cotización en Bolsa. Dado que el mayor ratio porcentual aplicable calculado con referencia a la Regla 14.07 de las Normas de Cotización con respecto a la adquisición de los buques en virtud de los Contratos de Construcción Naval, cuando se agregan, supera el 25% pero es inferior al 100%, la adquisición de los Buques en virtud de los Contratos de Construcción Naval constituye una operación importante de la Empresa en virtud del Capítulo 14 de las Normas de Cotización y está sujeta a los requisitos de información, anuncio y aprobación de los Accionistas en virtud del Capítulo 14 de las Normas de Cotización.

Según el leal saber y entender de los Consejeros, que han realizado todas las indagaciones razonables, ningún Accionista tiene un interés material en las transacciones contempladas en los Contratos de Construcción Naval. Por lo tanto, ningún Accionista está obligado a abstenerse de votar si se convoca una junta general de la Sociedad para la aprobación de las transacciones contempladas en los Contratos de construcción naval. La empresa ha obtenido una aprobación irrevocable e incondicional por escrito para las transacciones contempladas en los Contratos de construcción naval por parte del Grupo de Accionistas Estrechamente Aliados, que en conjunto poseían 288.750.000 Acciones.