Comunicación de otra información relevante

3 de abril de 2023

La siguiente información que ha sido elaborada bajo la exclusiva responsabilidad del emisor y sus administradores.

En virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 del segmento BME Growth de BME MTF Equity, ponemos en su conocimiento la siguiente información relativa a SECUOYA, GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A. (la "Sociedad" o "Secuoya"):

Por acuerdo del Consejo de administración de SECUOYA, GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A., adoptado en fecha 24 de marzo de 2023, se convoca a los Sres. accionistas a la Junta General ordinaria de la sociedad Secuoya, Grupo de Comunicación, S.A., para su celebración en Tres Cantos (Madrid), Avenida de España 1, a las doce horas del próximo día 4 de mayo de 2023, en primera convocatoria, y el 5 de mayo de 2023, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria. Se acompaña a la presente comunicación la convocatoria y orden del día de la Junta General.

En Madrid, a 3 de abril de 2023

José Sánchez Montalbán

Secretario no Consejero del Consejo de administración

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SECUOYA, GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A.

El Consejo de administración de Secuoya, Grupo de Comunicación, S.A. (la "Sociedad"), el día 24 de marzo de 2023, ha acordado convocar a los Sres. accionistas a la Junta general ordinaria de la Sociedad para su celebración en Tres Cantos (Madrid), Avenida de España 1, a las doce horas del próximo día 4 de mayo de 2023, en primera convocatoria, y el 5 de mayo de 2023, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

  1. Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales de la Sociedad, comprensivas del Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo y la Memoria, así como el Informe de Gestión correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
  2. Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
  3. Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del grupo consolidado, comprensivas del Balance consolidado, Cuenta de Pérdidas y Ganancias consolidada, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto consolidado, Estado de Flujos de Efectivo consolidado y Memoria consolidada, así como el Informe de Gestión correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
  4. Examen y aprobación, en su caso, del estado de información no financiera del ejercicio 2022.
  5. Examen y aprobación, en su caso, de la gestión del Consejo de administración durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2022.
  6. Reelección o nombramiento, en su caso, de auditores.
  7. Delegación de facultades.
  8. Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta.

Complemento a la convocatoria

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 172 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 14 de los Estatutos Sociales de la Sociedad que los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento (5 %) del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de una Junta de Accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria.

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Asistencia y representación

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 179 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y 17 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, podrán asistir a la Junta General todos los accionistas que figuren como titulares de acciones de la Sociedad en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco (5) días de antelación a su celebración, lo que podrán acreditar mediante la oportuna tarjeta de asistencia, certificado expedido por alguna de las entidades autorizadas legalmente para ello o por cualquier otra forma admitida en Derecho.

Sin perjuicio de la asistencia de las entidades jurídicas accionistas a través de las personas físicas que ostenten la representación de éstas, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito o por los medios de comunicación a distancia que, garantizando debidamente la identidad del representado y representante, el Órgano de administración determine, y con carácter especial para cada Junta General, en los términos y con el alcance establecidos en la Ley de Sociedades de Capital.

Este último requisito no será necesario cuando el representante sea cónyuge, ascendiente o descendiente del representado, ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en escritura pública con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en el territorio nacional.

La representación es siempre revocable. La asistencia personal del representado a la Junta General tendrá por sí misma el valor de revocación.

El Presidente de la Junta General, y el Secretario, salvo indicación en contrario del Presidente, gozarán de las más amplias facultades en Derecho para admitir el documento acreditativo de la representación.

En cualquier caso, tanto para los supuestos de representación voluntaria como para los de representación legal, no se podrá tener en la Junta más que un representante.

En los supuestos de solicitud pública de representación, el documento en que conste el poder deberá contener o llevar adjunto el orden del día, así como la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas. Se entenderá que ha habido solicitud pública cuando una misma persona ostente la representación de más de tres accionistas.

Información

Se hace constar expresamente, a los efectos previstos en el artículo 197 y 272 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y 19 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, la posibilidad de cualquier accionista de solicitar por escrito, u otros medios de comunicación electrónica o telemática a distancia, a los administradores, hasta el séptimo día natural anterior a aquél en que esté previsto celebrar la reunión de la Junta en primera convocatoria, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que estimen pertinentes, acerca de los asuntos comprendidos en su orden del día. Los administradores deberán facilitar la información por escrito hasta el día de la

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celebración de la Junta General. Asimismo, con relación al mencionado artículo 272, se hace constar expresamente la posibilidad de cualquier accionista de examinar en el domicilio social, así como pedir el envío u obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, las copias de las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas.

Los accionistas podrán solicitar verbalmente del Presidente durante el acto de la Junta General, antes del examen y deliberación sobre los puntos contenidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que, sobre dichos puntos, consideren convenientes. Las informaciones o aclaraciones así planteadas serán facilitadas, también verbalmente por cualquiera de los administradores presentes, a indicación del Presidente. Si a juicio del Presidente no fuera posible satisfacer el derecho del accionista en el propio acto de la Junta la información pendiente de facilitar, será proporcionada por escrito al accionista solicitante dentro de los siete días naturales siguientes a aquél en que hubiere finalizado la Junta General.

En Madrid, a 3 de abril de 2023.

El Secretario no Consejero del Consejo de administración

D. José Sánchez Montalbán

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