La CNMC, como se conoce al regulador, dijo que las ofertas comerciales de Telefónica, que incluían el arrendamiento de teléfonos inteligentes, con las llamadas cláusulas de permanencia que impedían a los clientes cambiar de proveedor, incumplían los compromisos adquiridos para que se aprobara la fusión.

Telefónica había aceptado abstenerse de obstaculizar el cambio de los clientes de televisión de pago a otros proveedores durante al menos cinco años para garantizar la libre competencia, según la CNMC. El periodo se prorrogó otros tres años en 2020, añadió.

La CNMC dijo que los clientes que contrataron el paquete Movistar Fusión a partir del 11 de abril de 2021 y asumieron el alquiler de un smartphone, estaban sujetos a condiciones de permanencia y a una penalización por baja anticipada durante un periodo de tres años. Con estos contratos, Telefónica restringía la capacidad de los clientes para contratar servicios similares con otros operadores de la competencia.

La multa puede recurrirse ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. El regulador ha dicho que abrió el procedimiento en diciembre de 2022.

Un portavoz de Telefónica dijo que la compañía recurrirá ya que no considera que haya incumplido los compromisos sobre las condiciones de permanencia en los servicios de televisión de pago.

Telefónica es el mayor operador de televisión por cable en España por número de clientes. Adquirió el control de DTS a la empresa española de medios de comunicación Prisa por 724,6 millones de euros (769,6 millones de dólares).

(1 dólar = 0,9446 euros)