El programa HMGB1 de 180 Life Sciences Corp. se formó en relación con la entrada en un acuerdo exclusivo de licencia global con Oxford University Innovation Limited ("Oxford") para el desarrollo y comercialización de HMGB1, una molécula regenerativa para promover la reparación y regeneración del hígado, en noviembre de 2021 (la "Licencia"). En aquel momento, se había demostrado que una vía fisiológica, activada por la molécula HMGB1, conducía a la regeneración de los tejidos al dirigirse a las células madre y proteitoras endógenas. Sin embargo, tras cerca de dos años de investigación, se descubrió que las interacciones moleculares eran mucho más complejas de lo previsto inicialmente y han quedado sin resolver.En consecuencia, la empresa no ha podido hacer avanzar esta investigación hasta el punto de identificar una molécula líder para proceder a su ampliación y producción según las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), así como a las pruebas de seguridad y toxicidad.

Debido a los costes continuos de este programa de investigación y a la necesidad de la empresa de centrar sus recursos en la plataforma principal de la empresa para tratar la fibrosis utilizando anti-TNF (factor de necrosis tumoral), el Consejo de Administración de la empresa decidió rescindir el acuerdo de licencia HMGB1 de la empresa con Oxford el 22 de septiembre de 2023 y el 22 de septiembre de 2023. La carta de rescisión también aclaraba las cantidades que la empresa debía tras la rescisión de la licencia, incluidos aproximadamente 20.000 dólares en concepto de honorarios no facturados. La empresa no incurrió en ninguna penalización importante por rescisión anticipada en relación con la rescisión de la licencia.

El resumen anterior de la carta de rescisión no es completo y se califica en su totalidad por referencia al texto completo de la carta de rescisión presentada como Anexo 10.1 a este Informe Actual en el Formulario 8-K, e incorporada aquí por referencia en su totalidad. La carta de terminación también aclaró la cantidad que la empresa adeudaba después de la terminación de La Compañía, incluyendo aproximadamente $ 20.000 en honorarios no facturados; No se incurrió en penalizaciones materiales de terminación anticipada por la Compañía en relación con La terminación de la licencia.