Madrid, 27 de noviembre de 2020

En virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014, sobre abuso de mercado, y en el artículo 228 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 del segmento BME Growth de BME MTF Equity (BME MTF Equity), sobre información a suministrar por empresas incorporadas a negociación en el segmento BME Growth de BME MTF Equity (la "Circular 3/2020 del BME MTF Equity"), en sus redacciones vigentes, CORONA PATRIMONIAL SOCIMI, S.A. (en adelante, la "Sociedad" o "Corona"), por medio de la presente, publica la siguiente

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

De conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley de Sociedades de Capital, en fecha 27 de noviembre de 2020 se ha publicado en la página web de la Sociedad la convocatoria de la junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad, con el texto que se reproduce a continuación:

"CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS DE CORONA PATRIMONIAL SOCIMI, S.A.

El consejo de administración de Corona Patrimonial SOCIMI, S.A. (la "Sociedad"), en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2020, de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, ha acordado convocar a los señores accionistas de esta Sociedad a junta general extraordinaria de accionistas, que se celebrará en primera convocatoria en el domicilio social, esto es, C/ Travessera de Gràcia, 11, 5ª planta, 08021 Barcelona, el día 28 de diciembre de 2020, a las 12:00 horas, y en segunda convocatoria en el mismo lugar y hora el día 29 de diciembre de 2020, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

  1. Disolución y liquidación de la Sociedad
  2. Cese de los miembros del consejo de administración de la Sociedad
  3. Nombramiento de liquidador y establecimiento de las normas básicas de liquidación
  4. Aprobación del balance final de liquidación, del informe sobre las operaciones de liquidación y del proyecto de división del activo resultante
  5. Asignación del haber social
  1. Conservación de los libros y otros documentos de la Sociedad
  2. Aprobación de la solicitud de exclusión de negociación de la totalidad de las acciones de la Sociedad de BME Growth (BME MTF Equity)
  3. Delegación de facultades
  4. Lectura y aprobación, en su caso, del acta

Complemento de convocatoria

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 13 de los Estatutos Sociales, los accionistas que representen, al menos, el 5% del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día. Deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria.

El complemento de la convocatoria deberá publicarse con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la junta.

Derecho de información

De acuerdo con el artículo 14 de los Estatutos de la Sociedad, la convocatoria de la junta general extraordinaria de accionistas se encuentra publicada en la web corporativa de la Sociedad www.coronapatrimonial.com(la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Mercantil), en la sección Área Inversores, así como en la web de BME MTF Equity.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC"), aplicable por remisión del artículo 368 LSC, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social el informe elaborado por el órgano de administración de la Sociedad justificativo del acuerdo de disolución y liquidación social que se propone a la junta general de accionistas, así como de pedir la entrega o el envío gratuito de dicho documento.

Esta documentación se encuentra igualmente publicada y disponible en la web de BME MTF Equity y en la web corporativa de la Sociedad indicada anteriormente.

De igual modo, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes, sin perjuicio de

poder solicitar aclaraciones o información verbalmente durante la celebración de la junta.

Derecho de asistencia y representación

Se hace constar que podrán asistir a la junta general extraordinaria de accionistas todos los accionistas (siempre y cuando sean titulares de acciones representativas de, al menos, un uno por mil del capital social) que acrediten anticipadamente su legitimación, para lo cual tendrán que tener inscrita la titularidad de sus acciones en el registro contable de anotaciones en cuenta de alguna de las entidades participantes, con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la junta general extraordinaria de accionistas, lo que podrán acreditar mediante la oportuna tarjeta de asistencia nominativa o el documento que, conforme a Derecho, les acredite como accionistas.

En caso de que el accionista sea una persona jurídica, deberá acreditar también poder suficiente en virtud del cual se evidencien las facultades de la persona física a través de la cual ejerce el derecho de asistencia.

Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la junta general por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito o por medios de comunicación a distancia que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para el ejercicio del derecho de voto a distancia y con carácter especial para cada junta. La representación es siempre revocable. La asistencia personal a la junta del representado tendrá valor de revocación.

Queda a salvo lo previsto en el artículo 187 de la Ley de Sociedades de Capital, no siendo preciso que la representación se confiera en la forma descrita cuando el representante sea el cónyuge, ascendiente o descendiente del representado, o cuando ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional.

Asimismo, se prevé que las entidades que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversas personas, puedan, en todo caso, fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido.

Dichas entidades intermediarias podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o a terceros designados por estos.

Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital en materia de solicitud pública de representación.

El anuncio de la convocatoria de la citada junta general extraordinaria de accionistas,

se encuentra publicado en la página web de la Sociedad (www.coronapatrimonial.com), así como en la web de BME MTF Equity.

En Luxemburgo, a 27 de noviembre de 2020

D. Jean-François Pascal Emmanuel Bossy, presidente del consejo de administración de Corona Patrimonial SOCIMI, S.A."

En cumplimiento de lo dispuesto en la Circular 3/2020 del BME MTF Equity se deja expresa constancia de que la información comunicada por la presente ha sido elaborada bajo la exclusiva responsabilidad de la Sociedad y sus administradores.

Atentamente,

CORONA PATRIMONIAL SOCIMI, S.A.

D. Diego San José de Santiago

Consejero

Informe formulado por el órgano de administración de Corona

Patrimonial SOCIMI, S.A. en relación con el acuerdo

de disolución y liquidación de la Sociedad

________________________________________________________

En Barcelona, a 27 de noviembre de 2020

  1. Introducción
    El órgano de administración de Corona Patrimonial, SOCIMI, S.A. (la "Sociedad") ha acordado, en su sesión de 27 de noviembre de 2020, convocar junta general extraordinaria de accionistas para su celebración el día 28 de diciembre de 2020 en primera convocatoria y el 29 de diciembre de 2020 en segunda convocatoria, y someter a dicha junta general de accionistas, la disolución y liquidación de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 368 de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC").
    De acuerdo con lo previsto en el artículo 286 LSC y concordantes del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio ("RRM"), la citada propuesta de acuerdo a la junta general de accionistas requiere la formulación por el órgano de administración del siguiente informe justificativo (el "Informe").
  2. Justificación de la propuesta
  1. Significación y alcance general del acuerdo de disolución social que se propone a la junta general de accionistas
    La propuesta de acordar la disolución social, en la medida en que no concurren otras causas legales y estatutarias para adoptar el referido acuerdo, se justifica en que la Sociedad ya no cuenta con activos tras haberse vendido la mayoría de sus sociedades participadas en diciembre de 2019 y haberse elevado a público la liquidación de la última sociedad participada el 13 de octubre de 2020.
    De esta manera, se somete a la decisión de la junta general de accionistas proceder a su disolución y liquidación de la Sociedad.
  2. Calendario para la ejecución del acuerdo de disolución social que se propone a la junta general de accionistas
    El procedimiento de disolución y liquidación de una sociedad viene regulado en el artículo 360 y siguientes de la LSC. No obstante, a efectos informativos, y en aras de una mejor comprensión, se enuncian a continuación los hitos que se han de tomar en consideración hasta la eficacia definitiva del acuerdo propuesto:
    1. La propuesta de acordar la disolución social debe ser objeto de consideración por la junta general de accionistas de la Sociedad, de modo

y manera que el primer trámite a realizar es la convocatoria de la junta general de accionistas.

El acuerdo de convocatoria ha sido aprobado en la misma reunión del consejo de administración en la que se ha aprobado el presente Informe.

  1. Una vez acordada la disolución por la junta general, se procederá al cese de los administradores de la Sociedad, y se propone que sea Vistra Administration Services, S.L.U. quien sea nombrada entidad liquidadora de la Sociedad. Vistra Administration Services, S.L.U. será invitada a atender la junta general de accionistas de referencia.
  2. Formulado el inventario y balance final de liquidación de la Sociedad por el liquidador, una vez finalizadas las operaciones de liquidación, se procederá a su aprobación por parte de la junta general. Asimismo, la misma junta general aprobará el informe sobre las operaciones de liquidación realizadas por el liquidador y el proyecto de división resultante.
    En vista de la composición del balance actual, el cual se adjunta al presente como Anexo, y de las operaciones de liquidación previstas, el consejo de administración propone a la junta general extraordinaria aprobar los referidos acuerdos en unidad de acto, en la reunión convocada para el 28 de diciembre de 2020 a las 12:00 horas en primera convocatoria o el 29 de diciembre de 2020 en segunda convocatoria, en la misma hora y lugar.
  3. En caso de que algún accionista no estuviera presente o debidamente representado en la junta general extraordinaria, una vez aprobado el proyecto de división resultante, se iniciará un periodo de dos (2) meses para que dichos accionistas que no hubiesen votado a favor puedan ejercer su derecho a impugnar el balance final de liquidación.
  4. Transcurrido el término para impugnar el balance final de liquidación sin que contra él se hayan formulado reclamaciones o sea firme la sentencia que las hubiese resuelto, se procederá al pago de la cuota de liquidación a los accionistas.
  5. Se procederá a la extinción de la personalidad jurídica de la Sociedad mediante la presentación a inscripción en el Registro Mercantil competente de la escritura en la que se eleven a público los correspondientes acuerdos de disolución y liquidación.
  6. Completados los anteriores hitos, se solicitará la baja de la Sociedad, y por lo tanto la exclusión de negociación de las acciones de la Sociedad de negociación en el segmento BME Growth de BME MTF Equity, cuyo

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acuerdo es igualmente objeto de propuesta y en su caso aprobación por parte de la junta general de accionistas de la Sociedad.

A efectos aclaratorios, las actuaciones aquí enunciadas serán realizadas en los plazos y términos establecidos en la LSC y demás normativa aplicable a la Sociedad.

Y a los efectos legales oportunos, el consejo de administración de la Sociedad formula el presente Informe, en Barcelona, a 27 de noviembre de 2020.

__________________________________

Jean-François Pascal Emmanuel Bossy

_______________________

Diego San José de Santiago

_____________________________

Solveig Diana Hoffmann

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Anexo

BALANCE DE SITUACIÓN

Correspondiente al periodo de 10 meses terminado el 31 de octubre de 2020

(Expresado en Euros)

ACTIVO

31.10.2020

31.12.2019

A) ACTIVO NO CORRIENTE

-

15.083.028

I. Inmovilizado intangible

-

-

II. Inmovilizado material

-

-

III. Inversiones inmobiliarias

-

-

IV. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo

-

15.083.028

V. Inversiones financieras a largo plazo

-

-

VI. Activos por impuesto diferido

-

-

B) ACTIVO CORRIENTE

9.333.935

47.097.678

I. Activos no corrientes mantenidos para la venta

-

-

II. Existencias

-

-

III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar

360.496

-

IV. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo

-

318.195

V. Inversiones financieras a corto plazo

318.798

487.843

VI. Periodificaciones

28.175

-

VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes

8.626.466

46.291.640

TOTAL ACTIVO (A + B)

9.333.935

62.180.706

PASIVO

31.10.2020

31.12.2019

A) PATRIMONIO NETO

8.839.538

60.266.385

I.

Capital

6.069.842

6.069.842

II.

Prima de emisión

-

24.447.520

III. Reservas

1.213.968

2.894.293

IV. (Acciones y participaciones en patrimonio propias)

-

-

V. Resultados de ejercicios anteriores

-

(189.075)

VI. Otras aportaciones de socios

-

24.795.339

VII. Resultado del ejercicio

1.555.728

62.748.466

VIII. (Dividendos a cuenta)

-

(60.500.000)

IX.

Otros instrumentos de patrimonio

-

-

B) PASIVO NO CORRIENTE

-

-

I. Provisiones a largo plazo

-

-

II Deudas a largo plazo

-

-

III. Deudas con empresas del grupo y asociadas a largo plazo

-

-

C) PASIVO CORRIENTE

494.397

1.914.321

II. Provisiones a corto plazo

-

-

III. Deudas a corto plazo-

-

-

Otros pasivos financieros

-

-

IV. Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo

95.063

-

V. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar

399.334

1.914.321

TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C)

9.333.935

62.180.706

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Corona Patrimonial SOCIMI SA published this content on 27 November 2020 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 24 December 2020 15:34:08 UTC