INFORME DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DEL

AUDITOR Y SERVICIOS ADICIONALES

  1. Introducción
    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 529 quaterdecies 4 f) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (en su redacción dada por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre) y conforme al artículo 13 del Reglamento del Consejo de Administración de Fluidra, S.A. (la "Sociedad"), la Comisión de Auditoría ("la Comisión") debe emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría, debiendo pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales.
    El presente informe da cumplimiento a dicha obligación.
  2. Base del informe
    Como base para el presente informe, la Comisión se basa en los siguientes antecedentes e información:
    1. Con la finalidad de garantizar la independencia del auditor externo, la Comisión ha supervisado durante todo el ejercicio 2023 el cumplimiento tanto por parte de la Sociedad como del auditor externo de las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría de cuentas. Este proceso de supervisión incluyo la pre aprobación de todo el trabajo realizado por los auditores y siguiente aprobación en la Comisión de Auditoria.
    2. A los efectos de cumplir con una de las competencias propias de la Comisión se solicitó del auditor información sobre aquellas cuestiones que pudieran, en su opinión, poner en riesgo su independencia, sobre los trabajos que había realizado para la Sociedad al margen de los trabajos propios de auditoría de cuentas, así como el importe total de sus honorarios por todos los conceptos, incluyendo estos servicios adicionales y sobre los procedimientos, sistemas o mecanismos que tales auditores utilizan para asegurar el cumplimiento de la normas a este respecto, en todos los casos referidas tanto a la propia entidad auditora como a los miembros individuales que forman parte del equipo de trabajo, en aras a valorar la independencia del auditor.
    3. En la reunión de la Comisión de 15 de marzo de 2024 comparece el auditor externo para:
      • presentar las conclusiones del trabajo realizado sobre los EEFF revisados y la opinión de Auditoría sobre los estados financieros

individuales y consolidados del Grupo Fluidra a 31 de Diciembre de 2023;

    • presentar a la misma un desglose de trabajos contratados en el que se verifica que no se han realizado trabajos fuera de los propios de auditoría o relacionados con los mismos. El total de honorarios contratados o devengados asciende a 1.649.955 Euros. Se adjunta información adicional relativa a estos servicios adicionales a los de auditoría como Anexo I; y
    • presentar la carta del auditor donde se confirma su independencia frente a la Sociedad. Dicha carta, adjunta como Anexo II, ha sido firmada por Daniel Artigas (Socio de EY), habiendo sido emitida conforme a lo previsto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas ("Ley de Auditoría de Cuentas").
      Mediante dicha declaración de independencia se pone asimismo de manifiesto que el auditor no se ha encontrado en ninguna de las causas de incompatibilidad recogidas en la Ley durante el ejercicio 2023.
  1. Adicionalmente a lo anterior, la Comisión ha verificado:
    • los límites a la concentración del negocio del auditor que establece la Ley de Auditoría de Cuentas. En este, los importes facturados por el auditor externo durante el ejercicio 2023 ascendentes a 1.649.955 Euros, no supone un porcentaje significativo del total de los ingresos anuales del auditor de cuentas mencionado; y
    • la no aplicación de la obligación de rotación del socio auditor firmante de las cuentas.

3. Conclusiones

Con base en lo expuesto, la Comisión concluye razonablemente lo siguiente:

  1. Que en su labor propia durante el ejercicio 2023, el auditor ha actuado de acuerdo con las normas de independencia que aplican conforme a la vigente normativa de auditoría.
  2. Que, en relación a los trabajos que conformaron los servicios adicionales del ejercicio de referencia:
  1. no se estima que los mismos hayan podido causar supuestos de conflicto de interés de acuerdo con la Ley de Auditoría;
  2. no supone un porcentaje significativo del total de los ingresos anuales del auditor de cuentas mencionado a los efectos de lo dispuesto en la Ley de Auditoría; y

2

    1. sus honorarios han sido razonablemente justificados, no estimándose que excedan de los precios de mercado razonables que aplican a los mismos.
  1. Que no es aplicable a la fecha la obligación de rotación del socio auditor firmante de las cuentas.
  2. Que no existen aspectos que razonablemente puedan considerarse que contravienen la normativa de auditoría de cuentas en materia de independencia del auditor ni con la prestación de servicios adicionales a los de auditoría.

3

Anexo I

Servicios adicionales a los de auditoría prestados a la Sociedad

Los auditores externos, así como el resto de sociedades afiliadas a la firma a nivel internacional, han prestado los siguientes servicios adicionales durante 2023:

  1. En España, Revisión Limitada de los Estados Financieros Consolidados Intermedios al 30 de junio de 2023.
  2. En España, revisión y evaluación del contenido del apartado F del Informe Anual de Gobierno Corporativo (SCIIF).
  3. En España, informe sobre procedimientos acordados sobre la Declaración Anual de Envases.
  4. En España, servicios de "assurance" que consistían en realización de procedimientos acordados sobre la información preparada por las sociedades del
    Grupo Fluidra en relación con el cálculo de un "royalty".
  5. En España, revisión del Estado de Información No Financiera y del Informe Anual Integrado.

Los honorarios correspondientes a servicios prestados en 2023 por la organización mundial EY a las distintas sociedades que componen el Grupo han sido por los siguientes conceptos:

Auditorías

1.533.645 Euros

Servicios adicionales

.116.310

Euros

Total

1.649.955

Euros

4

Anexo II

Carta del auditor

5

Ernst & Young, S.L.

Tel: 933 663 700

Torres Sarrià A

Fax: 934 053 784

Avda. Sarrià, 102-106

ey.com

08017 Barcelona

España

Fluidra, S.A.

15 de marzo de 2024

Avda. Alcalde Barnils 69

08174 Sant Cugat del Vallès

A la atención de la Comisión de Auditoría de Fluidra, S.A.

Muy Sres. Nuestros:

En relación con la auditoría de la cuentas anuales individuales y consolidadas de Fluidra, S.A. (en adelante, la Sociedad), correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2022, y en cumplimiento con lo dispuesto en la Norma Técnica de Auditoría (NIA-ES) 260 (Revisada) "Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad", para los auditores de las Entidades de Interés Público (EIPs), así como con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 529 quaterdecies del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por Real Decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio (modificado por la disposición final cuarta de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas), sobre las funciones de la Comisión de Auditoría, les comunicamos lo siguiente:

  1. El equipo del encargo de auditoría, el auditor de cuentas o la sociedad de auditoría y, en su caso, otras personas pertenecientes a la firma de auditoría y, cuando proceda, otras firmas de la red, con las extensiones que resultan de aplicación, han cumplido con los requerimientos de independencia que resultan de aplicación de acuerdo con lo establecido en la Ley 22/2015 de 20 de julio de Auditoría de Cuentas y el Reglamento (UE) nº 537/2014, de 16 de abril.
  2. Los siguientes son los honorarios por conceptos cargados a la Sociedad y a sus sociedades vinculadas durante el periodo cubierto por las cuentas anuales, por los servicios de auditoría y otros servicios distintos de la auditoría prestados por Ernst & Young, S.L. y por otras firmas de su red, para facilitarles la evaluación de los mismos en el marco de nuestra independencia:

Honorarios

(cifras expresadas euros)

Servicios prestados

Sociedad

Empresas

controladas

Servicios de auditoría

139.1401

1.394.505

Otros servicios relacionados con la auditoría

104.5352

11.7753

Total servicios de auditoría y relacionados

243.675

1.406.280

Total honorarios

243.675

1.406.280

  1. Honorarios correspondientes a servicios prestados en relación con la auditoría de las cuentas anuales individuales y consolidadas de Fluidra, S.A.
  2. Incluye principalmente los servicios de; informe de revisión y evaluación del contenido del apartado F del Informe Anual de Gobierno Corporativo (SCIIF) y procedimientos de revisión del Estado de Información No Financiera e Informe Anual Integrado y el Informe de Revisión Limitada sobre los Estados Financieros Intermedios Resumidos Consolidados correspondientes al periodo de seis meses terminado el 30 de junio de 2023.
  3. Incluye principalmente el trabajo de procedimientos acordados sobre la Declaración Anual de Envases y procedimientos acordados sobre la información preparada por las sociedades del Grupo Fluidra en relación con el cálculo de un royalty,

Domicilio Social: Calle de Raimundo Fernández Villaverde, 65. 28003 Madrid - Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 9.364 general, 8.130 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 68, hoja nº 87.690-1, inscripción 1ª. C.I.F. B-78970506.

A member firm of Ernst & Young Global Limited.

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15 de marzo de 2024

  1. Tenemos implantados políticas y procedimientos internos diseñados para proporcionarle una seguridad razonable de que la sociedad de auditoría y su personal, y, en su caso, otras personas sujetas a requerimientos de independencia (incluido el personal de las firmas de la red) mantienen la independencia cuando lo exige la normativa aplicable. Estos procedimientos incluyen aquellos dirigidos a identificar y evaluar amenazas que puedan surgir de circunstancias relacionadas con entidades auditadas, incluidas las que puedan suponer causas de incompatibilidad y/o las que puedan requerir la aplicación de las medidas de salvaguarda necesarias para reducir las amenazas a un nivel aceptablemente bajo.
    En este sentido, según nuestro juicio profesional y en relación con la auditoría indicada, no se han identificado circunstancias, que de forma individual o en su conjunto, pudieran suponer una amenaza significativa a nuestra independencia y que, por tanto, requiriesen la aplicación de medidas de salvaguarda o que pudieran suponer causas de incompatibilidad.

La presente comunicación se emite exclusivamente para información y uso de la Comisión de Auditoría de la Sociedad y no debe ser distribuida, ni utilizada para ningún otro propósito.

Atentamente,

ERNST & YOUNG, S. L.

______________

Daniel Artigas

A member firm of Ernst & Young Global Limited

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Fluidra SA published this content on 20 March 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 21 March 2024 09:40:07 UTC.