El consejo de administración de Wison Engineering Services Co. Ltd. anunció que, un contrato de ingeniería, adquisición, construcción y puesta en marcha (el ``EPCC'') (el ``Contrato'') para las instalaciones de azufre de Qatar del proyecto EPC-4 de expansión del campo norte (el ``Proyecto EPC-4'') ha sido celebrado recientemente entre QatarEnergy y el consorcio formado por Técnicas Reunidas S.A. y Wison Engineering Ltd., una subsidiaria propiedad de la Compañía. El proyecto EPC-4 consiste en la construcción de nuevas instalaciones de manipulación, almacenamiento y carga de azufre para procesar y exportar el azufre procedente de la ampliación en curso de la planta de gas natural licuado (GNL) en la ciudad industrial de Ras Laffan, en el Estado de Qatar.

La nueva planta de azufre procesará una media de 5.000 toneladas de azufre fundido al día. Se espera que el proyecto EPC-4 se complete en 48 meses. Wison Engineering Ltd. y Técnicas Reunidas S.A. se encargarán de proporcionar el diseño detallado, el aprovisionamiento, la construcción y los trabajos y servicios de puesta en marcha de las instalaciones para el Proyecto EPC-4.

Wison Engineering Ltd. recibirá el 30% del importe total del contrato. Este es el primer contrato de proyecto EPCC adjudicado por QatarEnergy al Grupo, y es también el primer proyecto EPCC en el que la Compañía coopera con Técnicas Reunidas S.A. como socio estratégico. Técnicas Reunidas es una de las principales empresas de servicios energéticos del mundo, especializada en el diseño y construcción de plantas industriales en todo el mundo.

Oriente Medio es un mercado clave del Grupo, en el que el Grupo ha estado profundamente involucrado durante más de diez años y ha establecido una sólida base para el desarrollo del negocio. La capacidad de ingeniería, aprovisionamiento y construcción (``EPC'') del Grupo vuelve a ser reconocida por los clientes, los contratistas de EPC y los socios. Cada una de las contrapartes del Contrato es un tercero independiente de la Sociedad y de las personas vinculadas a ella.

El Contrato se celebró en el curso ordinario y habitual de los negocios del Grupo. Las transacciones contempladas en el Contrato no constituyen una transacción notificable de la Sociedad.