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Información Relevante

Octubre 20 de 2022

En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3º del literal c) del artículo 5.2.4.1.5 del Decreto 2555 de 2010, la BMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A. - en adelante "la Bolsa"- informa al mercado la adición y modificación de un contrato relevante, en los siguientes términos:

  1. La Junta Directiva de la Bolsa en Sesión Extraordinaria No. 651 del dieciocho (18) de enero de 2022 y conforme lo establecido en los Estatutos Sociales, autorizó a la Presidente de la Bolsa para celebrar el Contrato de Prestación de Servicios No. 20220395 con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, cuyo objeto es el siguiente: "Prestar sus servicios como Bolsa Mercantil de Colombia para el desarrollo de las actividades que promuevan la competitividad del sector agropecuario, a través del apoyo a la producción, comercialización, abastecimiento, almacenamiento de excedentes, incentivos, compras públicas y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales pecuarios, pesqueros y acuícolas, en el marco de política sectorial".
    El valor del mencionado Contrato ascendió a la suma de SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($75.467.000.000), incluidos todos los impuestos, costos y gastos directos e indirectos a los que haya lugar.
  2. El MADR y la Bolsa celebraron la Primera Modificación al Contrato, mediante la cual se adicionó al valor de éste la suma de: VEINTICINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($25.000.000.000), por lo cual se modificó la Cláusula Cuarta correspondiente al VALOR, de la siguiente manera: "Para los efectos legales y fiscales pertinentes, el valor del contrato asciende a la suma de CIEN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($100.467.000.000) M/CTE; incluidos todos los impuestos, costos y gastos directos e indirectos a los que haya lugar".
  3. Adicionalmente, se modificó la Cláusula Quinta del Contrato referida a la FORMA DE PAGO, ajustando el valor de los desembolsos por parte del Ministerio en los literales c) y d), que corresponden al tercer y último pago, así: "(…) C) Un tercer desembolso, por valor de TREINTA MIL NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS ($ 30.093.400.000) M/CTE., previa ejecución financiera del 70% de los recursos desembolsados, un informe pormenorizado de la ejecución técnica de los programas entregado por parte de la BOLSA - BMC, así como la aprobación del informe de actividades por parte de la Supervisión Integral. D) Un último desembolso, por valor de DIECISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 17.546.700.000) M/CTE., previa ejecución financiera del 80% de los recursos desembolsados, un informe pormenorizado de la ejecución técnica de los

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programas entregado por parte de la BOLSA - BMC, así como la aprobación del informe de actividades por parte de la Supervisión Integral."

  1. Así mismo, se modificó la Cláusula Segunda del Contrato relacionada a las OBLIGACIONES DE LA BOLSA -BMC- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS, adicionando a las previstas, la obligación No. 28 en los siguientes términos: "(…) 28. Administrar los recursos trasladados al Proyecto "Construyendo capacidades empresariales rurales, confianza y oportunidad - El Campo Emprende" con criterios de racionalidad y eficiencia."
  2. Por otro lado, se modificó la Cláusula Décima Segunda circunscrita con la SUPERVISIÓN, de la siguiente manera: "CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA:
    SUPERVISIÓN: (…) El control, seguimiento y vigilancia del Convenio será ejercida por parte de EL MINISTERIO, a través de la Supervisión Integral, es decir que involucra los aspectos técnicos, financieros, administrativos, contables y legales, la misma será ejercida a través del(a) director(a) de cadenas agrícolas y forestales, o quien designe por escrito el (a) ordenador (a) del gasto, un(a) funcionario(a) de la dirección de cadenas pecuarias pesqueras y acuícolas; y un(a) funcionario(a) código 2028 grado 15 de la dirección de capacidades productiva y generación de ingresoso quien designe por escrito el ordenador del gasto, de acuerdo con las respectivas competencias funcionales. (…)"
  3. Finalmente, la Primera Modificación al Contrato fue aprobada por las partes en el SECOP II, el doce (12) de octubre de 2022 y por su parte las garantías exigidas en el Contrato fueron tramitadas y cargadas en el referido sistema de contratación, el dieciocho (18) de octubre de 2022.

Bogotá D.C., 20 de octubre de 2022

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BMC - Bolsa Mercantil de Colombia SA published this content on 20 October 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 20 October 2022 16:09:01 UTC.