El consejo de administración de China Silver Technology Holdings Limited anunció que el 30 de mayo de 2022, la empresa firmó un memorando de entendimiento no vinculante legalmente (el "Memorando de Entendimiento") con Hong Kong Bodili Holding Group Limited (Bodili Holding) con el fin de formar una alianza estratégica sobre el desarrollo conjunto de la inteligencia artificial, la robótica y la automatización industrial (la "Cooperación Propuesta"). Según la información proporcionada por Bodili Holding, (a) es una empresa establecida en Hong Kong; (b) está en proceso de adquirir una empresa establecida en la República Popular China (la "RPC") que se dedica principalmente al diseño, la fabricación, la distribución, la importación y la exportación de maquinarias robóticas para procesos industriales; y (c) su beneficiario final es el Sr. Zhou Lu Di "Sr. Zhou"), un ciudadano y comerciante de la RPC. Según el leal saber y entender de los Consejeros, que han realizado todas las indagaciones razonables, tanto Bodili Holding como su beneficiario final (es decir, el Sr. Zhou) son terceros independientes y no están relacionados con la Sociedad o sus personas vinculadas (tal como se definen en las Normas que rigen la cotización de valores en la Bolsa de Hong Kong Limited, las "Normas de cotización").

La Cooperación Propuesta está sujeta a la negociación posterior de los términos detallados de la cooperación y a la firma de uno o varios acuerdos formales vinculantes en un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha del Memorando de Entendimiento (o de un periodo más largo que se prorrogue de mutuo acuerdo entre las partes) (el "Periodo de Exclusividad"). Bodili Holding se ha comprometido a no negociar con ningún otro tercero durante el Periodo de Exclusividad con vistas a entablar cualquier otra cooperación, empresa conjunta, emisión o transferencia de acciones o valores convertibles en acciones, o cualquier otra transacción fuera de su curso ordinario de negocios que pueda tener el efecto de frustrar el propósito del Memorando de Entendimiento y la Propuesta de Cooperación con la Empresa. Salvo las cláusulas relativas a la exclusividad, la confidencialidad, la ley aplicable y la jurisdicción, que son jurídicamente vinculantes, todas las demás disposiciones del Memorando de Entendimiento no son jurídicamente vinculantes.