Lima, 22 de mayo de 2023

GAF-231-2023

Señores

Superintendencia del Mercado de Valores

Presente.

Ref.-

Relacionado con Hecho de Importancia del 02 de febrero de 2022

(Carta de ED SAA No. GAF-098-2022)

De nuestra consideración:

Por medio de la presente cumplimos con comunicar en calidad de Hecho de Importancia que EDSAA-2023/CLC-INDECOPI

Resolución

INDECOPI impone en primera instancia una multa de 200.89 UIT por un presunto abuso de posición de dominio en el mercado de suministro de electricidad entre el año 2017-2020.

Al respecto, debemos señalar que discrepamos y rechazamos el fallo de Indecopi, por no ajustarse a derecho y al marco normativo que aplica al sector eléctrico, y estaremos interponiendo los recursos impugnatorios correspondientes contra la supuesta conducta anticompetitiva imputada. Resaltamos que EDSAA lleva adelante sus actividades en completa armonía con el marco normativo vigente, respetando la libre competencia y acceso a los mercados.

Resaltamos que la Resolución no es un acto administrativo firme y será apelada por EDSAA dentro del plazo legal a efectos de que la Sala Especializada en Libre Competencia del INDECOPI, segunda instancia administrativa, revierta la Resolución conforme a derecho y bajo criterios técnicos.

Confiamos que la segunda instancia evaluará con mayor detenimiento nuestros argumentos y revertirá esta decisión de primera instancia.

Sin otro particular, quedamos de ustedes.

Atentamente,

_____________________________

Roxana Maribel Palomino Briones Representante Bursátil

ELECTRO DUNAS S.A.A.

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Electro  Dunas SAA published this content on 22 May 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 23 May 2023 16:50:06 UTC.