United Company RUSAL, Sociedad Anónima Pública Internacional ha anunciado que un miembro del Grupo ha firmado un contrato con un asociado de En+, en virtud del cual el asociado de En+ se compromete a comprar productos de aluminio al miembro del Grupo (el "Nuevo Contrato de Venta de Aluminio"). Fecha del contrato, Vendedor (miembro del Grupo), Contratista (asociado de En+), Fecha prevista de finalización, Volumen estimado a suministrar para el año 2024 (aproximado), Contraprestación estimada a pagar para el año que finaliza el 31 de diciembre de 2024 sin IVA (USD) Condiciones de pago, 1 29 de diciembre de 2023, que es una nueva adenda al contrato de fecha 30 de diciembre de 2021 divulgado el 30 de diciembre de 2021, JSC "UC RUSAL TH", KraMZ Ltd, Hasta el 31 de diciembre de 2024, 101.400 tm, 247.500.000. El precio contractual pagadero en virtud del Nuevo Contrato de Venta de Aluminio se ha determinado con referencia al precio de mercado y en condiciones no menos favorables que las que prevalecen en el mercado ruso para el aluminio del mismo tipo y calidad y las ofrecidas por los miembros del Grupo a terceros clientes independientes.

Sobre la base de los términos del Nuevo Contrato de Venta de Aluminio, el importe total anual de la transacción que deben pagar los asociados de En+ al Grupo para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024 se estima en aproximadamente 247,5 millones de dólares (sin IVA). De acuerdo con la Orden del Servicio Federal Antimonopolio de la Federación Rusa, los miembros del Grupo no tienen derecho a negarse indebidamente a suministrar productos de aluminio a los compradores y están obligados a organizar el trabajo de forma que se garantice la satisfacción de las necesidades de los compradores de productos de aluminio en el mercado ruso, siempre que se disponga de las capacidades de producción pertinentes, por lo que se celebró el contrato. El importe total anual de las transacciones del Grupo es estimado por los Directores en función del volumen de entrega estimado por los Directores y de la demanda del comprador.

Los Directores consideran que el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio beneficia a la Sociedad, ya que el precio de los productos de aluminio suministrados en virtud del Nuevo Contrato de Venta de Aluminio se basa en el precio de mercado de dichos productos de aluminio. Los Consejeros (incluidos los Consejeros no ejecutivos independientes) consideran que el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio ha sido negociado en condiciones de mercado y en términos comerciales normales que son justos y razonables y que las transacciones contempladas en el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio se realizan en el curso ordinario y habitual de los negocios del Grupo y en interés de la Sociedad y de sus accionistas en su conjunto. Ninguno de los Consejeros tiene un interés material en las transacciones contempladas en el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio, salvo el Sr. Mikhail Khardikov, que es director general de JSC EuroSibEnergo y es director general adjunto - director operativo de International limited liability company En+ Holding, empresas que son propiedad de En+; y el Sr. Vladimir Kolmogorov, que es el primer director general adjunto de política técnica y director ejecutivo de International limited liability company En+, que es la sociedad holding de KraMZ Ltd., y el Sr. Vladimir Kolmogorov, que es director general adjunto de política técnica y director ejecutivo de JSC EuroSibEnergo. El Sr. Vladimir Kolmogorsov es también el jefe de supervisión técnica de JSC EuroSib Energo, una empresa propiedad de En+.

En consecuencia, los Sres. Mikhail Khardikorov y Vladimir KolmOGorov no votaron en la resolución del Consejo que aprobaba el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio. Por lo tanto, las transacciones contempladas en el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio constituyen transacciones vinculadas continuas de la Sociedad. Se espera que el importe total anual estimado de la transacción por parte de la Sociedad esté en el importe total anual de la transacción por parte de los Consejeros de la Sociedad.

El importe estimado de la transacción agregada anual por el Grupo se ha determinado con referencia al precio de mercado y en condiciones no menos favorables que las que prevalecen en el mercado chino para el aluminio de los mismos tipos y calidad y las ofrecidas por miembros del Grupo a terceros clientes independientes. Los Administradores consideran que el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio ha sido negociado en condiciones de mercado y en términos comerciales normales que son justos y razonables contemplado en el Nuevo Contrato de Venta de Aluminio está en el curso ordinario y habitual de los negocios del Grupo y en interés de la Sociedad y de sus accionistas en su conjunto.