El 14 de abril de 2023, LM Funding America, Inc. (la oCompañía) recibió una carta de The Nasdaq Stock Market LLC (oNasdaqo) indicando que el precio de oferta de cierre consolidado de la Compañía ha estado por debajo de 1,00 $ por acción durante 30 días hábiles consecutivos a partir del 13 de abril de 2023, y que, por lo tanto, la Compañía no cumple con la Regla de Cotización del Nasdaq 5550(a)(2), que es el requisito de precio de oferta mínimo para continuar cotizando en The Nasdaq Capital Market. La notificación no conlleva la exclusión inmediata de la cotización de las acciones ordinarias de la Compañía en The Nasdaq Capital Market. De conformidad con la norma de cotización 5810(c)(3)(A) del Nasdaq, se ha concedido automáticamente a la Compañía un periodo de gracia de 180 días naturales, o hasta el 11 de octubre de 2023, para recuperar el cumplimiento.

La norma de cotización continuada se cumplirá si el precio de oferta de cierre consolidado de las acciones ordinarias de la Compañía es de al menos 1,00 $ por acción durante un mínimo de diez días hábiles consecutivos durante el periodo de gracia de 180 días naturales. Si la Compañía no cumple el 11 de octubre de 2023, se le podrá conceder un segundo periodo de 180 días naturales para recuperar el cumplimiento. Para cumplir los requisitos, la Sociedad tendría que cumplir el requisito de cotización continuada del valor de mercado de las acciones públicas y todas las demás normas de cotización inicial de The Nasdaq Capital Market, excepto el requisito del precio mínimo de oferta.

Además, la Compañía estaría obligada a notificar a Nasdaq su intención de subsanar la deficiencia del precio mínimo de oferta durante el segundo período de cumplimiento, efectuando una división inversa de acciones, si fuera necesario. Si la empresa no recupera el cumplimiento dentro del periodo de cumplimiento de 180 días asignado y no puede optar a un segundo periodo de cumplimiento de 180 días, las acciones ordinarias de la empresa estarían sujetas a la exclusión de cotización, a menos que solicitara una audiencia ante un Panel de Audiencias independiente del Nasdaq. Una solicitud de audiencia suspendería cualquier acción de suspensión o exclusión de la cotización en espera de la audiencia y de cualquier período de prórroga adicional que conceda el Panel.

La Compañía tiene la intención de supervisar el precio de oferta de cierre de las acciones ordinarias de la Compañía y considerar sus opciones disponibles para resolver el incumplimiento del requisito del precio mínimo de oferta. La recepción de la notificación por parte de la empresa no afecta a sus actividades, operaciones o requisitos de información a la Comisión de Bolsa y Valores. Sin embargo, no puede garantizarse que la Compañía pueda volver a cumplir con el requisito del precio mínimo de oferta o que cumpla con otros criterios de cotización del Nasdaq.