Tal y como se divulgó anteriormente, Vir Biotechnology, Inc. (la ?Empresa?) y Glaxo Wellcome UK Limited (?GSK? y, junto con la Empresa, las ?Partes?) firmaron un Acuerdo de Colaboración Definitivo el 18 de mayo de 2021 (el ?ACA?). Según los términos del ACA, las Partes acordaron colaborar en tres programas independientes, entre ellos un programa para investigar, desarrollar y comercializar los anticuerpos monoclonales de la Sociedad para la prevención, el tratamiento o la profilaxis del virus de la gripe (dicho programa, el "Programa Gripe").

El 21 de febrero de 2024, las Partes firmaron un acuerdo por carta (el "Acuerdo por Carta") en virtud del cual las Partes acordaron mutuamente poner fin a su colaboración en el Programa contra la Gripe en virtud del ACA. Más concretamente, de conformidad con la Carta Acuerdo, (i) todos los productos contra la gripe incluidos en el Programa contra la Gripe que, a 21 de febrero de 2024, incluían VIR-2482XX2 (también conocido como VIR-2372) y VIR-2981 (los "Productos contra la Gripe Existentes Terminados"), se eliminan del ámbito del ACA, (ii) las obligaciones de exclusividad de la Empresa para con GSK en virtud del ACA con respecto al Programa contra la Gripe se dan por terminadas y no tienen más fuerza ni efecto, (iii) la opción de GSK sobre VIR-2482 es cancelada.La opción de GSK sobre VIR-2482 se da por terminada y sin más fuerza o efecto y la Compañía no tendrá más obligaciones con GSK con respecto a VIR-2482, (iv) la Compañía hará pagos de regalías escalonadas a GSK sobre las ventas netas de cualquier Producto Existente Terminado contra la Gripe, y variantes o mejoras de los mismos, en el bajo dígito único, sujeto a ciertas deducciones en determinadas circunstancias, (v) la Compañía no tendrá más obligaciones con GSK con respecto a cualquier Producto Existente Terminado contra la Influenza o variantes o mejoras de los mismos (aparte de los esfuerzos comercialmente razonables para desarrollar y comercializar los Productos Existentes Terminados contra la Influenza o variantes o mejoras de los mismos en los Mercados Principales (tal y como se definen en el ACA)), y (vi) la Compañía tendrá derecho a seguir desarrollando y comercializando VIR-2482 o cualquier Producto Existente Terminado contra la Influenza, y variantes o mejoras de los mismos, independientemente, sola, o a través de una filial o con un tercero, en cualquier caso sin restricciones. La Carta Acuerdo también incluye ciertas aclaraciones y rescisiones de disposiciones específicas del ACA a la luz de la finalización de la colaboración en el Programa de la Gripe, incluidas las disposiciones relativas a los?

derechos de exclusión, así como otros asuntos relativos a la transferencia de tecnología, materiales, documentación y compromisos de fabricación existentes.