De conformidad con la firma de una Carta de Intenciones (LOI) en diciembre de 2022, Asep Medical Holdings Inc. se complace en anunciar que ha firmado un acuerdo definitivo ("acuerdo") para una empresa conjunta con la consultora de inversión internacional con sede en Bahréin, Seaspring W.L.L. ("Seaspring"), para avanzar en la aprobación reglamentaria y la comercialización de la tecnología de diagnóstico de sepsis de la empresa (Sepset(ER TM)) en el Reino de Bahréin y Oriente Medio y Norte de África (MENA). Los términos del acuerdo definitivo incluyen la formación de una empresa conjunta al 50/50 (nombre por determinar) por la que Seaspring aportará el capital necesario (una estimación a corto plazo de 5 millones de dólares estadounidenses que está abierta y sujeta a cambios) por la empresa conjunta para llevar a cabo sus operaciones comerciales (aprobación reglamentaria, ventas y distribución) y Asep Inc. a través de su filial Sepset Biosciences Inc, proporcionará los derechos de licencia para el uso de la tecnología Sepset(ER) en el Reino de Bahrein, Argelia, Egipto, Irán, Irak, Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Marruecos, Omán, Qatar, Arabia Saudí, Siria, Túnez, Emiratos Árabes Unidos y Yemen. Sujeto a la recepción de todas las aprobaciones requeridas y a la realización de todas las formalidades necesarias, las partes se esforzarán por establecer una entidad de empresa conjunta en el Reino de Bahrein en un plazo de seis (6) meses a partir de la ejecución del acuerdo, con un consejo de administración compuesto por un (1) representante de Asep Inc. y otro de Seaspring.

La licencia es una licencia única, libre de regalías para cada país dentro del territorio durante el plazo, para: a) utilizar, desarrollar y comercializar y explotar de otro modo, en su totalidad o en parte, con fines clínicos, Sepset(ER) y las patentes relacionadas; b) copiar, traducir, modificar, mejorar, actualizar o añadir a Sepset(ER); c) practicar o reducir a la práctica Sepset(ER) (incluyendo la realización de mejoras); y d) conceder sublicencias en términos y condiciones por escrito de conformidad con y no incompatibles con los términos y condiciones establecidos en el acuerdo de licencia.