Eureka Lithium Corp. anunció que ha suscrito una carta de intención con respecto a una opción para adquirir de Medaro Mining Corp. un interés indiviso del 100% en y para las reclamaciones minerales que comprenden el Proyecto Lac La Motte del Optante en la zona minera de Abitibi, Quebec, sujeto a una regalía de 1% de rendimiento neto de fundición a favor del Propietario Subyacente.

En virtud de la Carta de Intención, Eureka dispondrá de un período de negociación exclusivo de 30 días durante el cual podrá llevar a cabo las diligencias debidas con vistas a negociar y celebrar un acuerdo definitivo con el Otorgante de la Opción en virtud del cual adquiriría la Opción de adquirir una participación indivisa del 100% en la Propiedad y en la misma, sujeta al NSR, mediante el cumplimiento de cada una de las siguientes condiciones: Emitir al Otorgante de la Opción 200.000 acciones ordinarias de Eureka en la fecha de entrada en vigencia del Acuerdo Definitivo (Fecha de Entrada en Vigencia); Incurrir en gastos de exploración con respecto a la Propiedad por un total de $500.000 a más tardar en la fecha que sea 12 meses posterior a la Fecha de Entrada en Vigencia; Pagar, en nombre del Otorgante de la Opción, $45.000 en efectivo al propietario subyacente (Propietario Subyacente) de la Propiedad a más tardar el 6 de mayo de 2024; Emitir al Optante 300.000 Acciones Ordinarias para la fecha en que se cumplan 12 meses de la Fecha Efectiva; Incurrir en gastos de exploración adicionales con respecto a la Propiedad por un total de $500.000 para la fecha en que se cumplan 24 meses de la Fecha Efectiva; Pagar, en nombre del Optante, $50.000 en efectivo al Propietario Subyacente para el 6 de mayo de 2025; y Emitir al Optante 1.000.000 de Acciones Ordinarias para la fecha en que se cumplan 24 meses de la Fecha Efectiva. La emisión de cualesquiera Acciones Ordinarias se realizará de conformidad con las exenciones aplicables de los requisitos de registro y prospecto en virtud de la legislación canadiense sobre valores y sociedades, y dichas Acciones Ordinarias estarán sujetas a un período de retención de cuatro (4) meses y un (1) día a partir de la fecha de emisión. La Carta de Intenciones no es vinculante, a excepción de las disposiciones relativas al periodo exclusivo de negociación y el derecho de Eureka a realizar una revisión de diligencia debida, así como algunas otras disposiciones habituales.