INFORME SOBRE LA INDEPENDENCIA DEL AUDITOR DE CUENTAS DE AUDAX RENOVABLES, S.A. EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023

En Badalona (Barcelona), a 27 de febrero de 2024

De conformidad con el artículo 529 quaterdecies, apartado 4.f) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "LSC"), las sociedades cotizadas emitirán anualmente (con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas), un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia de KPMG Auditores, S.L. ("KPMG" o los "Auditores") como auditores de cuentas de la Sociedad resulta comprometida. Adicionalmente, este informe deberá contener una valoración motivada de la prestación de servicios distintos de la auditoría legal por parte del auditor de cuentas y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.

Por ello, la Comisión de Auditoría (la "Comisión") de la sociedad Audax Renovables, S.A. (la "Sociedad" o "Audax Renovables") emite el presente informe con carácter previo a la emisión, por parte de los Auditores, del informe de auditoría sobre las cuentas anuales individuales y consolidadas de Audax Renovables correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre del 2023, manifestando:

  1. Que, a lo largo del ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023 y hasta la fecha, y en cumplimiento del artículo 529 quaterdecies, apartado 4.e) de la LSC, se han establecido las oportunas relaciones con KPMG para la recepción de la suficiente información relativa a las cuestiones que pudieran poner en riesgo la independencia de la misma en su condición de auditor de las cuentas anuales individuales y consolidadas de Audax Renovables correspondientes a dicho ejercicio, para su examen por parte de la Comisión, así como cualquier otro dato relacionado con el proceso de auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas técnicas de auditoría.
  2. Que la Comisión ha recibido de KPMG, en cumplimiento del artículo 529 quaterdecies, apartado 4.e) de la LSC, la declaración por escrito de su independencia respecto de la Sociedad y de las entidades vinculadas a la misma.
  3. Que, igualmente, la Comisión ha recibido información detallada e individualizada sobre los servicios adicionales de cualquier clase que los Auditores hayan prestado a Audax Renovables o a las entidades pertenecientes a su grupo, sin que los mismos resulten incompatibles con su labor como Auditores, no poniendo en entredicho por tanto su independencia, de acuerdo con las limitaciones establecidas en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas ("Ley de Auditoría") y que, en este sentido, los honorarios facturados por KPMG en el ejercicio 2023 han ascendido a:
  1. En concepto de auditoría de cuentas: un total de SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO EUROS (747.681,00 €), correspondiendo (i) 189.494 euros a los servicios prestados a Audax Renovables y (ii) 558.187 euros a los servicios prestados al grupo Audax Renovables.
  2. En concepto de otros servicios relacionados con la auditoría: un total de
    CIENTO NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO EUROS (193.224,00 €), correspondiendo (i) 118.594 euros a los servicios prestados a Audax Renovables y (ii) 74.630 euros a los servicios prestados al grupo Audax Renovables.

Estos otros servicios relacionados con la auditoría han consistido básicamente, aunque no limitándose a ello, en los siguientes:

  • Revisión limitada de los estados financieros intermedios resumidos consolidados semestrales de Audax Renovables y Sociedades Dependientes.
  • Informe Especial de Procedimientos Acordados sobre cumplimiento de ratios financieros ("covenants") de determinadas sociedades que forman el Grupo ("Explotación España").
  • Informe sobre el Sistema de Control Interno de la Información Financiera (SCIIF).

Igualmente, los Auditores han manifestado en su declaración por escrito que tienen implantados políticas y procedimientos internos dirigidos a identificar y evaluar amenazas que puedan surgir de circunstancias relacionadas con entidades auditadas, incluidas las que puedan suponer causas de incompatibilidad y/o las que puedan requerir la aplicación de las medidas de salvaguarda necesarias para reducir las amenazas a un nivel aceptablemente bajo, tal y como se describe en el apartado 7 del Informe de Transparencia del ejercicio 2023 de KPMG Auditores, S.L.

La reelección de KPMG como auditor de cuentas de la Sociedad se realizó en cumplimiento del artículo 19.1 de la Ley de Auditoría, siendo los Auditores nombrados por acuerdo de la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 30 de junio de 2023, por un período de un (1) año, esto es, para el ejercicio 2023.

Como resultado de las citadas consideraciones, la Comisión de Auditoría manifiesta que, en su opinión, KPMG ha actuado con total independencia en la prestación de sus servicios.

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Audax Renovable SA published this content on 16 May 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 16 May 2024 06:59:04 UTC.