El 7 de noviembre de 2022, Fate Therapeutics, Inc. (oFateo) y Ono Pharmaceutical Co. (oOnoo) celebraron una carta acuerdo (oCarta Acuerdo) en relación con el Acuerdo de Colaboración y Opción entre Fate y Ono de fecha 14 de septiembre de 2018, modificado por una carta acuerdo de fecha 4 de diciembre de 2020 y una enmienda de fecha 28 de junio de 2022 (el oAcuerdo). De conformidad con el Acuerdo, modificado por la Carta Acuerdo, Fate y Ono están llevando a cabo investigaciones para el desarrollo y la comercialización conjuntos de candidatos a productos de células NK y células T con receptores de antígenos quiméricos (CAR) derivados de iPSC y dirigidos a dos antígenos de tumores sólidos. El primer programa de antígenos tumorales sólidos está dirigido al receptor del factor de crecimiento epidérmico humano 2 (HER2), para el que las empresas están llevando a cabo el desarrollo preclínico de un candidato a célula T CAR derivado de iPSC y listo para usar (oCandidato de colaboración 2o).

Fate ha concedido a Ono, durante un periodo de tiempo determinado, una opción para obtener una licencia exclusiva en virtud de ciertos derechos de propiedad intelectual para desarrollar y comercializar el Candidato de Colaboración 2 en todos los territorios del mundo, conservando Fate la opción de codesarrollar y co-comercializar el Candidato de Colaboración 2 en Estados Unidos y Europa en virtud de un acuerdo conjunto con Ono. De acuerdo con la Carta Acuerdo, tanto Fate como Ono ejercieron sus respectivas opciones sobre el Candidato de Colaboración 2, y en consecuencia Ono está obligada a pagar a Fate una cuota de ejercicio de la opción de 12,5 millones de dólares según el Acuerdo.