KARLSRUHE (dpa-AFX) - Los pasajeros que inician un vuelo en un país de la UE que implica vuelos de conexión tienen derecho a una indemnización en caso de retrasos, aunque éstos sólo se produzcan en una parte posterior del vuelo fuera de la UE. Según una sentencia del Tribunal Federal de Justicia (BGH) publicada el viernes, no importa que los vuelos de conexión directa sean operados por distintas compañías aéreas que no estén vinculadas entre sí por una relación jurídica especial. Basta con que los vuelos hayan sido aceptados y registrados por una compañía de viajes que haya emitido un billete uniforme en el sentido del Reglamento sobre los derechos de los pasajeros de la UE. (Asunto nº X ZR 15/20)

En el caso concreto, el demandante había reservado en una agencia de viajes un vuelo de Stuttgart a Zúrich y vuelos con otra compañía aérea de Zúrich a Filadelfia y de allí a Kansas City, en el estado norteamericano de Misuri. Al parecer, los dos primeros vuelos se realizaron según lo previsto. En el último tramo del viaje, el vuelo despegó con retraso y la mujer llegó a Kansas City con más de cuatro horas de retraso, por lo que exigió una indemnización de 600 euros. El tribunal local de Nürtingen y el regional de Stuttgart se lo denegaron. La mujer recurrió en Karlsruhe.

El Tribunal Supremo Federal consultó al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y, tras su decisión prejudicial, decidió que la mujer tenía derecho a 600 euros más intereses. Entre otras razones, los tres vuelos parciales debían considerarse como un todo con el lugar de salida en Alemania, porque la demandante había recibido una única reserva confirmada./kre/DP/jha