ASISTENCIA FÍSICA

Podrán asistir a la Junta General todos los accionistas, cualquiera que sea el número de acciones del que sean titulares, siempre que dicha titularidad conste inscrita a su nombre en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) con cinco días de antelación a la fecha señalada para su celebración.

Para poder asistir presencialmente a la Junta General, los accionistas y sus representantes deberán registrarse para reservar un asiento telefónicamente a través del Departamento de Atención al Accionista ((+34) 93 707 41 00) antes de las 11:00 horas del día de la celebración de la Junta.

Los accionistas que deseen asistir presencialmente a la Junta General deberán a su vez proveerse de la correspondiente tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en Iberclear que corresponda (o, en su defecto, el certificado expedido por la entidad participante en Iberclear, que en cada caso corresponda, o el documento distinto que, conforme a derecho, le acredite como accionista) o de la tarjeta de asistencia, delegación y voto puesta a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad, e identificarse al personal encargado del registro de accionistas.

A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General se podrá solicitar a los asistentes, junto a la presentación de la tarjeta de asistencia y delegación, la acreditación de la identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o de cualquier otro documento oficial en vigor que la Sociedad considere apropiado a estos efectos.

Una vez cerrada la admisión de las tarjetas de asistencia, y delegación, se facilitará a los accionistas o, en su caso, a los representantes de éstos que accedan con retraso al lugar de celebración de la Junta General, una invitación a fin de que, siempre que así lo deseen, puedan seguir el desarrollo de la reunión, pero ni los referidos accionistas ni los representados serán incluidos en la lista de asistentes.

ASISTENCIA TELEMÁTICA

El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado que la asistencia a la Junta General Ordinaria se pueda llevar a cabo, también, por medios telemáticos, que permitan la conexión en tiempo real con el recinto donde se desarrolle la Junta.

La asistencia telemática a la Junta General y el ejercicio telemático de los derechos de los accionistas se llevarán a cabo a través de la plataforma de asistencia telemática habilitada en la página web corporativa de la Sociedad (www.oryzon.com) y estarán sujetos a lo previsto en la Ley y a las siguientes reglas básicas:

  1. Identificación y registro previo: los accionistas y representantes que deseen utilizar los mecanismos de asistencia telemática deberán registrarse previamente hasta las 11:00 horas del día en que se celebre la Junta General, siguiendo para ello las instrucciones que se recogen en la plataforma de asistencia telemática.
  1. Conexión y elaboración de la lista de asistentes: el accionista o representante que se haya registrado previamente para asistir telemáticamente a la Junta General conforme al apartado (i) anterior, deberá conectarse a la plataforma de asistencia telemática entre las 11:00 horas y las 11:30 horas del día en que fuera a celebrarse la Junta General, e identificarse conforme alguno de los medios previstos en la citada plataforma de asistencia telemática.
  2. Intervención: de conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, las intervenciones y propuestas de acuerdos o solicitudes de información o aclaraciones que, conforme a la Ley, tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, deberán remitirse a la Sociedad, por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en la plataforma de asistencia telemática habilitada en la página web de la Sociedad, antes de las 11:30 horas del día de la celebración de la Junta General.
  3. Votaciones: la emisión del voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día podrá realizarse a través de la plataforma de asistencia telemática desde el momento de la conexión como asistente del accionista o, en su caso, del representante, el día de celebración de la Junta y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie la conclusión del periodo de votación. En cuanto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que no figuren en el orden del día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación, y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie la conclusión del periodo de votación de dichas propuestas de acuerdo.
  4. Abandono de la reunión: el asistente por medios telemáticos que desee manifestar su abandono expreso de la Junta deberá hacerlo enviando una comunicación electrónica a través del enlace "Asistencia telemática" habilitado en la página web corporativa de la Sociedad. Una vez comunicada su voluntad expresa de abandonar la reunión, se tendrán por no realizadas todas las actuaciones que efectúe con posterioridad.

En el supuesto de que la Junta General se celebre en segunda convocatoria (como es previsible), los asistentes por medios telemáticos que se hubieran conectado en primera convocatoria deberán volver a conectarse de nuevo en segunda convocatoria.

REPRESENTACIÓN Y VOTACIÓN A TRAVÉS DE

MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA

Representación y votación a través de medios de comunicación a distancia:

Los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades legalmente exigidas, los contenidos en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General y los especificados en el presente documento.

El Consejo de Administración ha acordado autorizar el ejercicio de los derechos de representación y de voto mediante medios de comunicación a distancia siempre que se cumplan las garantías de procedimiento e identificación establecidas en este apartado y las garantías relativas al plazo de recepción, a la acreditación de la condición de accionistas y los demás requisitos y formalidades exigidos en el apartado siguiente o en los

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Estatutos Sociales, en el Reglamento de la Junta General y en la Ley de Sociedades de Capital.

Ejercicio del derecho de representación mediante correspondencia postal:

Para conferir su representación mediante entrega o correspondencia postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia expedida en papel por alguna de las entidades participantes en Iberclear, o puesta a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad, en el apartado que dicha tarjeta prevea para la firma del representado. La tarjeta debidamente cumplimentada y firmada con firma manuscrita deberá remitirse a la Sociedad por correo postal o servicio de mensajería equivalente. El accionista que confiera su representación mediante entrega o correspondencia postal se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera a algún Consejero y/o al Secretario del Consejo de Administración esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de dicha tarjeta debidamente cumplimentada y firmada.

Ejercicio del derecho de representación mediante medios electrónicos:

Para conferir su representación mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad www.oryzon.comy seguir las instrucciones allí previstas. El accionista que confiera su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera a algún consejero y/o al Secretario del Consejo de Administración esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de dicha delegación electrónica.

Ejercicio del derecho de voto mediante correspondencia postal:

Para la emisión del voto a distancia mediante entrega o correspondencia postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado "Voto a Distancia" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia expedida en papel por alguna de las entidades participantes en Iberclear, o puesta a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad. La tarjeta debidamente cumplimentada y firmada con firma manuscrita deberá remitirse a la Sociedad por correo postal o servicio de mensajería equivalente. En el supuesto de que la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia emitida por la entidad participante en Iberclear no incorpore el apartado dedicado al "Voto a Distancia", el accionista que desee votar a distancia mediante voto postal deberá descargar de la página web de la Sociedad e imprimir en papel la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia, cumplimentando y firmando el apartado "Voto a Distancia". Una vez cumplimentada y firmada, el accionista deberá remitirla a la Sociedad mediante correo postal o servicio de mensajería equivalente.

Ejercicio del derecho de voto a distancia mediante medios electrónicos:

Para emitir el voto a distancia en relación con los puntos del Orden del Día de la Junta General mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.oryzon.com), siguiendo para ello las instrucciones allí previstas.

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NORMAS COMUNES AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y DE

VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA

Plazo de recepción por la Sociedad y registro de accionistas / Condición de Accionista:

Para su validez, tanto las delegaciones conferidas como los votos emitidos con anterioridad a la Junta General por medios de comunicación a distancia deberán recibirse por la Sociedad en el domicilio social o a través de su página web antes de las 23:59 horas del día hábil inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria.

La delegación, el voto o la asistencia sólo se considerarán válidos si se confirma la condición de accionista, comprobando que la titularidad y el número de acciones que proporcionen cada una de las personas que asistan, emitan su representación o voto por medios de comunicación a distancia coinciden con los datos proporcionados por Iberclear.

Reglas de prelación entre delegación y voto por medios de comunicación a distancia y la asistencia presencial en la Junta General:

La asistencia física o telemática a la Junta General del accionista que hubiera delegado su representación o votado a través de medios de comunicación a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado, dejará sin efecto la delegación o el voto.

En el caso de que un accionista realice varias delegaciones o votaciones, prevalecerá la actuación (delegación o votación) que haya sido realizada en último término, si bien la delegación o el voto válidamente emitido mediante firma manuscrita de la tarjeta impresa en papel hará ineficaz el efectuado por medios electrónicos, ya sea anterior o posterior. De no existir certeza sobre el momento en el que el accionista realizó alguna de las delegaciones o votaciones, el voto, con independencia de cuál sea el medio utilizado para su emisión, prevalecerá sobre la delegación. Si el accionista hubiera realizado distintas votaciones de diferente sentido, prevalecerá aquella votación que se haya realizado en último término.

Otras previsiones:

La enajenación de las acciones cuya titularidad confiere el derecho al voto, siempre que sea conocida por la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha de la celebración de la Junta General, dejará sin efecto el voto y la delegación conferidos.

Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de la firma electrónica para la utilización del servicio de delegación y voto electrónicos.

Los accionistas con derecho de asistencia que emitan su voto a distancia conforme a lo previsto en este apartado serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General.

A los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (delegación, voto o asistencia física) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de accionista.

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En caso de que el accionista sea persona jurídica, la persona física que le represente deberá acreditar la suficiencia de sus facultades representativas de conformidad con el criterio de la Sociedad.

La Sociedad se reserva el derecho de solicitar cualquier información adicional que pueda considerar conveniente o necesaria, así como de aceptar la validez de cualesquiera documentos a los efectos de acreditar la representación y los votos a distancia emitidos.

Incidencias técnicas:

La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan.

La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a distancia. Para mayor información sobre la delegación y el voto a distancia, los accionistas pueden dirigirse a la página web de la Sociedad (www.oryzon.com), a la dirección de correo electrónico accionistas@oryzon.comy al teléfono de Atención al Accionista (+34) 93 707 41 00.

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Oryzon Genomics SA published this content on 19 May 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 22 May 2023 08:59:02 UTC.